En breve ponemos fin a este 2019, y es posible que alguno de nosotros tenga la suerte de terminar el año con un buen respiro económico. ¿Os imagináis que os toca la Lotería de Navidad? -El próximo 22 de Diciembre, es posible.
Supongamos que nos ha tocado, ¿conocéis el tratamiento fiscal de los premios de la Lotería? ¿sabéis cuanto cobraríais realmente?-Os lo contamos.
En 2019, todos aquellos premios iguales o por debajo de los 20.000€ están exentos de tributación, es decir, no se paga nada a Hacienda por ellos.
Para los premios superiores a 20.000€, en el momento del cobro la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) hará una retención o ingreso a cuenta. Es decir, el afortunado cobrará el importe del premio menos la retención que dicha sociedad ingresa en Hacienda.
Es importante remarcar que los primeros 20.000€ están exentos siempre, lo que quiere decir que si ganamos 400.000€, solo se efectuaría retención por el 20% de la base que son 380.000€.
Ahora bien, os preguntareis, ¿y si el décimo premiado es compartido entre varias personas? – El importe de exención de 20.000€ se reparte entre todos los afortunados, y la persona que se legitime como cobrador del premio deberá identificar a todos los ganadores.
Sin embargo, para 2020 traemos buenas noticias, el importe exento se incrementará hasta los 40.000€. Por tanto, si no toca este año…no os preocupéis, fiscalmente es más interesante que os toque el año que viene. ¡Suerte a todos!
Desde Oliba, queremos aprovechar este post para desearos a todos que vuestro 2020 venga cargado de momentos bonitos tanto a nivel personal como para vuestros negocios; y por supuesto que nosotros sigamos viviéndolos con vosotros. Gracias por haber apostado por este pequeño gran proyecto tanto como nosotros.
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